Si las obras que debe acometer precisan de proyecto técnico, se deberá constituir una Dirección Facultativa, que se encargará de la vigilancia de las obras tanto en su aspecto técnico como económico.

Si no es el caso, la Comunidad de propietarios deberá ejercer esta labor por su cuenta, vigilando que se ejecuten todos los trabajos presupuestados y que éstos se realicen con la debida calidad técnica.

También se deberán vigilar las partidas imprevistas, controlando que su ejecución sea procedente, a fin de evitar que el presupuesto se desvíe en exceso mediante la ejecución de obras que no son estrictamente necesarias para superar con éxito la ITE.

Se recomienda a las Comunidades de Propietarios que designen una comisión de obras para el seguimiento de los trabajos que esté integrada por vecinos que sepan algo de construcción y que le puedan dedicar tiempo al asunto.

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