Vamos a suponer un caso, de un edificio de 12 vecinos (6 plantas y dos vecinos por planta) ubicado en un Área de Rehabilitación Integrada de Madrid.
Se va a acometer una obra de rehabilitación integral de gran envergadura, que va a incluir la rehabilitación de fachadas, patios, cubierta, fontanería y pocería y la instalación de un ascensor. Vamos a suponer que el coste de la obra asciende a 240.000 €.
La primera ventaja la obtenemos al aplicarse un tipo de IVA reducido del 8%, por lo que la cantidad a pagar total sería de 259.200 €.
La EMVS de Madrid ofrece subvenciones de hasta el 70% de esta cantidad, vamos a suponer que se obtiene una financiación del 50%, por lo que la Comunidad de Propietarios debería abonar una cantidad de tan solo 129.600 €.
Supongamos que se reparte a partes iguales entre los 12 vecinos, por lo que correspondería pagar una cantidad de 10.800 € por vecino.
Si esa cantidad se financia a pagar durante 10 años (120 meses), obtendríamos que cada vecino debería pagar una cantidad aproximada de 100-120 €/mes en función de las condiciones de financiación de la obra.
Si a esto le añadimos que existe la posiblidad de desgravarse un 20% del importe invertido en la obra en la declaración del IRPF, tenemos que cada vecino se podría beneficiar de una desgravación aproximada de unos 250 € anuales.
De esta forma, como se puede ver, estamos en el momento idóneo para acometer una obra de rehabilitación de edificios.
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