Iniciamos una serie de artículos destinados a analizar las inspecciones de carácter catastral. En este primer artículo veremos la normativa que la regula y las funciones de la misma, dejando para posteriores artículos otros aspectos tales como clases de actuaciones, qué funcionarios tienen atribuciones inspectoras y sus facultades, documentación del procedimiento,  eficacia, obligados tributarios y los planes de inspección catastral.

Las actuaciones de inspección catastral son uno más de los procedimientos incorporación de los bienes inmuebles al Catastro Inmobiliario, contribuyendo así a su formación y mantenimiento.

NORMATIVA QUE REGULA LA INSPECCION CATASTRAL

La regulación exhaustiva de la inspección catastral, naturaleza, clases de actuaciones inspectoras, documentación y planes de inspección catastral se realiza a través de las siguientes normas de aplicación:

  • Real Decreto 417/2006, de 7 de abril, por el que se desarrolla el texto refundido de la ley del catastro inmobiliario, aprobado por el real decreto legislativo 1/2004, de 5 de marzo (Reglamento del TRLCI).
  • Real Decreto 1065/2007, de 27 de julio, por el que se aprueba el reglamento general de las actuaciones y los procedimientos de gestión e inspección tributaria y de desarrollo de las normas comunes de los procedimientos de aplicación de los tributos.
  • Orden HAC/2318/2003, de 31 de julio, por la que se determina la atribución de las funciones inspectoras en el ámbito de la Dirección General del Catastro y se aprueba el contenido y especialidades de los documentos de la inspección catastral.
  • Resolución de 16 de julio de 2007, de la Dirección General del Catastro, por la que se aprueban los modelos de actas de inspección catastral y de documentos a utilizar en el procedimiento de inspección conjunta.
  • Resolución de 23 de enero de 2013, por la que se aprueban las directrices generales que informan el Plan de Inspección para 2013 de la Dirección General del Catastro.

También existen varias Circulares e Instrucciones en materia de inspección catastral, dictadas con objeto de interpretar y aclarar las disposiciones legales vigentes o dar las necesarias directrices para su mejor cumplimiento.

FUNCIONES DE LA INSPECCIÓN CATASTRAL

Las funciones que se asignan a la inspección catastral son las siguientes:

  1. La comprobación e investigación de los hechos, actos, negocios y demás circunstancias relativas a los bienes inmuebles susceptibles de originar una incorporación o modificación en el Catastro Inmobiliario.
  2. La regularización de la descripción catastral de dichos bienes que resulte de las actuaciones de comprobación e investigación efectuadas.
  3. La realización de aquellas actuaciones inquisitivas o de obtención de información que deban llevarse a efecto y que directa o indirectamente conduzcan a la formación y el mantenimiento del Catastro.
  4. Informar a los obligados tributarios sobre las normas de aplicación al procedimiento de inspección catastral y sobre el alcance de las obligaciones y derechos que de ellas se derivan.
  5. El asesoramiento e informe a los órganos de la Hacienda Pública en cuanto afecte a los derechos y obligaciones de ésta.
  6. La práctica de las liquidaciones del Impuesto sobre Bienes Inmuebles resultantes de sus actuaciones de comprobación e investigación cuando la competencia de gestión del citado tributo haya sido atribuida a la Administración General del Estado.
  7. Cuantas otras funciones se le encomienden por los órganos competentes del Ministerio de Economía y Hacienda.

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